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Buscan castigar a tutores que faciliten delitos a menores

La iniciativa del diputado José Antonio López Ruiz propone de 5 a 12 años de prisión para quienes permitan o faciliten dolosamente que niñas, niños o adolescentes participen en actividades delictivas.

octubre 4, 2026
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Buscan castigar a tutores que faciliten delitos a menores
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Redacción En Activo

 

Ciudad de México. – El diputado José Antonio López Ruiz, del Partido del Trabajo (PT), propuso reformas al Código Penal Federal para establecer sanciones contra madres, padres, tutores o personas responsables de menores de edad que permitan o faciliten deliberadamente su participación en actividades delictivas.

La iniciativa, turnada a la Comisión de Justicia, plantea crear un nuevo capítulo denominado “Del incumplimiento de los deberes de cuidado respecto de personas menores de edad”, con disposiciones que contemplan penas de cinco a 12 años de prisión y de 500 a mil 500 días multa.

La propuesta considera como responsables a quienes ejerzan legalmente la patria potestad, tutela, guarda o custodia de una persona menor de 18 años y que, teniendo el deber de protegerla, educarla, orientarla y vigilarla, permitan, toleren o faciliten dolosamente su participación en delitos.

También se plantea sancionar a quienes entreguen, proporcionen o permitan el acceso de menores a armas de fuego, municiones, explosivos, narcóticos, vehículos, recursos económicos u otros medios destinados a facilitar la comisión de delitos.

Entre las conductas contempladas se encuentran homicidio, feminicidio, secuestro, extorsión, delincuencia organizada, delitos contra la salud, trata de personas, desaparición forzada o cometida por particulares, terrorismo y delitos relacionados con armas de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas, así como cualquier otro ilícito cuya pena máxima sea de al menos 15 años de prisión.

La pena podría aumentar hasta en una mitad cuando exista un beneficio económico derivado de la participación del menor y éste sea incorporado o utilizado por una organización delictiva.

También se contemplan agravantes cuando el responsable haya intervenido previamente en la planeación, preparación o ejecución del delito, cuando existan dos o más menores involucrados o cuando la conducta se realice de manera reiterada.

La propuesta establece además que el delito no podrá acreditarse únicamente por el vínculo familiar. El Ministerio Público tendría que demostrar plenamente la existencia del deber jurídico de cuidado y una conducta dolosa atribuible a la persona imputada.

De acuerdo con la iniciativa, tampoco podrá presumirse responsabilidad penal por el simple hecho de ser padre, madre o tutor, ni por la sola comisión de un delito por parte de la persona menor de edad.

En caso de existir una sentencia firme contra quien ejerza la patria potestad, tutela, guarda o custodia, se daría vista a la autoridad en materia familiar y a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes para determinar posibles medidas de protección y, en su caso, la suspensión, limitación o pérdida de esos derechos.

López Ruiz argumentó que actualmente no existe un tipo penal específico para sancionar el incumplimiento grave de los deberes de cuidado cuando una conducta dolosa o gravemente negligente contribuya a que un menor sea incorporado a actividades criminales.

El legislador sostuvo que la reforma busca reforzar la protección de niñas, niños y adolescentes y generar herramientas para prevenir su reclutamiento por organizaciones criminales, sin trasladar a madres, padres o tutores la responsabilidad por los delitos cometidos por los menores. La sanción, planteó, se dirigiría exclusivamente a quienes incumplan deliberadamente sus obligaciones jurídicas de cuidado.

 

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