Redacción En Activo.
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Instituto Electoral de Tamaulipas (IETAM) actualizará sus lineamientos para incorporar los nuevos requisitos de elegibilidad establecidos en la Constitución y la legislación electoral, entre ellos la prohibición del nepotismo electoral y las disposiciones sobre la eliminación de la reelección consecutiva que entrarán en vigor para el proceso electoral de 2030.
El presidente del IETAM, Juan José Guadalupe Ramos Charre, explicó que el organismo está obligado a armonizar su normativa con las reformas aprobadas a finales de mayo, una vez que estas sean publicadas en el Periódico Oficial del Estado y entren plenamente en vigor.
Precisó que los requisitos de elegibilidad son las condiciones que debe cumplir cualquier persona para acceder a un cargo de elección popular, por lo que deberán incorporarse al reglamento y a los lineamientos que regulan el procedimiento de registro de candidaturas.
Ramos Charre indicó que, una vez actualizada la reglamentación, dichos requisitos serán exigidos a los partidos políticos al momento de registrar las planillas y candidaturas para los próximos procesos electorales.
En otro tema, explicó que la suspensión de los derechos político-electorales únicamente puede ser determinada por un juez competente, ya sea del fuero común o federal, quien notifica la resolución al Registro Federal de Electores mediante el formato de Notificación de Suspensión (NS).
Detalló que corresponde al Instituto Nacional Electoral (INE), a través del Registro Federal de Electores, dar de baja del padrón electoral a las personas cuyos derechos políticos hayan sido suspendidos por resolución judicial.
El consejero presidente señaló que el IETAM detecta estos casos cuando solicita al INE la verificación de las listas de candidaturas registradas por los partidos políticos. Si durante ese proceso se identifica que alguna persona tiene suspendidos sus derechos político-electorales, automáticamente incumple uno de los requisitos indispensables para contender por un cargo de elección popular.
Finalmente, advirtió que cuando un aspirante no acredita alguno de los requisitos previstos en la Constitución y la ley, es considerado inelegible, por lo que la autoridad electoral no puede otorgarle el registro como candidato, independientemente de que posteriormente pudiera obtener la mayoría de los votos.


