Con el objetivo de que se obligue a los fabricantes de productos menstruales a incluir en el empaque sus ingredientes, materiales y químicos añadidos durante el proceso de producción, con advertencias sanitarias en caso de que contengan sustancias potencialmente dañinas, el Congreso del Estado aprobó reformar el artículo 212 de la Ley General de Salud.
En el dictamen de la Comisión de Legislación, que fue presentada en Tribuna por la Diputada Claudia Caballero, se señala que a causa del tabú que existe en el entorno a la menstruación, abunda la desinformación o falta de atención especializada, vulnerándose así, el poder alcanzar el máximo nivel de salud, educación, trabajo, deporte o cualquier actividad de libre desarrollo.
Actualmente en el país las toallas sanitarias, tampones y otros productos menstruales no están obligados a detallar los ingredientes y materiales con los que son fabricados conforme a la NORMA Oficial Mexicana NOM-004-SE-2021,2 generando así, que la falta de información en el empaque obstaculice que se tomen decisiones informadas sobre su higiene y bienestar.
«Diversas investigaciones han manifestado que la regulación en los componentes que se llegan a utilizar para la fabricación de los productos menstruales es una situación sumamente importante y determinante para la salud de las personas menstruantes; ya que una mujer en promedio pasará alrededor de cinco años de toda su vida reproductiva usando aproximadamente 11,000 tampones, toallas sanitarias, protectores diarios y otros productos menstruales desechables», aseguró la Diputada Caballero.
Con la reforma la Secretaría de Salud podrá ordenar la inclusión de leyendas o pictogramas cuando lo considere necesario.
Tratándose de productos para la menstruación, tales como toallas sanitarias, tampones, copas menstruales, protectores diarios y similares, las etiquetas deberán contener de manera impresa la lista completa de materiales, químicos, compuestos o sustancias utilizados en su elaboración, a fin de garantizar el derecho a la información de las personas consumidoras y permitir una elección libre, constante e informada.